Onus Probandi
"Lo normal se presume, lo anormal se prueba" y "affirmanti incumbit probatio". Me gustó tanto este principio de derecho que lo aplico a muchos aspectos de la vida.
En mi primera época de estudiante universitaria aparecía mas bien poco por clase. Mi cargo como miembro de la comisión de fiestas me tenía muy ocupada... y luego, sin embargo, una vez insertada en el mercado laboral, cotizando por supuesto, no he dejado de seguir estudiando... incoherencias insurgentes...
Curiosamente, las pocas veces que asistía a clase, las aprovechaba, prestaba mucha atención, y después no requería dedicarle mucho estudio. De hecho, al salir, siempre pensaba "ha estado bien", con ese regustillo del trabajo bien hecho, me proponía no saltarme las clases desde ese momento, pero el propósito era rápidamente olvidado... Conservo en mi retina y tímpano muchas explicaciones de clase, pero una de las que mas me gustó y que recuerdo como si fuera ayer -como diría Fray Luis de León- fué el día que descubrí el Onus Probandi.
El onus probandi es la expresión latina del principio jurídico "la carga de la prueba" que señala quién está obligado a probar un determinado hecho ante los tribunales.
Este principo de derecho expresa que "lo normal se presume y lo anormal se prueba". Por tanto, y salvo excepciones concretas, quien invoca algo que rompe el estado de normalidad, debe probarlo. "Affirrmanti Incumbit Probatio": a quien afirma, incumbe la prueba.
Por ejemplo en el Derecho penal el onus probandi es la base de la presunción de inocencia, para toda persona se presume su inocencia hasta que se demuestre su culpabilidad. En el Derecho tributario la carga de la prueba recae exclusivamente en el contribuyente, él es quien tiene que probar ante el fisco que no debe ningún tipo de tributos.
"Lo normal se presume, lo anormal se prueba" y "affirmanti incumbit probatio". Me gustó tanto este principio de derecho que lo aplico a muchos aspectos de la vida. Pondré algunos ejemplos.
Uno es relativo a la creencia en la existencia de Dios. ¿Se puede demostrar la existencia de Dios?
En este principio baso mi agnosticismo. Corresponde a quienes la afirman, demostrarlo. Ya que la exigencia contraria, es decir, pedirnos al resto que probemos la inexistencia de Dios, sería una imposibilidad lógica, que además, en terminología jurídica se denomina "prueba diabólica". Querer pedir o demostrar la inexistencia de Dios tiene tan poco sentido como querer probar la inexistencia de cualquier otra cosa. Sin embargo, existen mentes que pretenden que se demuestre con pruebas que Dios no existe... Einghh?? poquito rebuscado, no?!!
Otro es relativo a la infidelidad: creo que no es necesario desarrollar la idea.
También lo utilizo para mi profesión, cuando hago una presentación comercial a un cliente potencial acerca de los servicios que prestamos, y le propongo concretamente algo que va a proporcionarle soluciones y me dice "eso es imposible": "ea, demuéstralo!! (pero, para ello tendrás que comprar)".
Aun así y tal como reza el refrán: "hecha la Ley, hecha la trampa", puesto que en algunos casos, la Jurisprudencia ha dictaminado a favor de la "inversión de la carga de la prueba".
Por ejemplo, en derecho social, el despido de una trabajadora embarazada (casi) siempre se declara nulo, porque aun siendo la trabajadora embarazada despedida la que demanda, y por tanto, la responsable de demostrar que comunicó a la empresa su situación y fué despedida por ello, la Jurisdicción obliga, en este caso -se invierte la carga de la prueba- al empresario, a demostrar su desconocimiento del embarazo en el momento del despido y puesto, que ésto es (casi) imposible, finalmente el despido "nunca exisitió", se considera nulo.
Y como "quien no se consuela es porque no quiere" ahí quedan las dos variantes, para que cada uno pueda rezar a la fé que le venga en gana.
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En mi primera época de estudiante universitaria aparecía mas bien poco por clase. Mi cargo como miembro de la comisión de fiestas me tenía muy ocupada... y luego, sin embargo, una vez insertada en el mercado laboral, cotizando por supuesto, no he dejado de seguir estudiando... incoherencias insurgentes...
Curiosamente, las pocas veces que asistía a clase, las aprovechaba, prestaba mucha atención, y después no requería dedicarle mucho estudio. De hecho, al salir, siempre pensaba "ha estado bien", con ese regustillo del trabajo bien hecho, me proponía no saltarme las clases desde ese momento, pero el propósito era rápidamente olvidado... Conservo en mi retina y tímpano muchas explicaciones de clase, pero una de las que mas me gustó y que recuerdo como si fuera ayer -como diría Fray Luis de León- fué el día que descubrí el Onus Probandi.
El onus probandi es la expresión latina del principio jurídico "la carga de la prueba" que señala quién está obligado a probar un determinado hecho ante los tribunales.
Este principo de derecho expresa que "lo normal se presume y lo anormal se prueba". Por tanto, y salvo excepciones concretas, quien invoca algo que rompe el estado de normalidad, debe probarlo. "Affirrmanti Incumbit Probatio": a quien afirma, incumbe la prueba.
Por ejemplo en el Derecho penal el onus probandi es la base de la presunción de inocencia, para toda persona se presume su inocencia hasta que se demuestre su culpabilidad. En el Derecho tributario la carga de la prueba recae exclusivamente en el contribuyente, él es quien tiene que probar ante el fisco que no debe ningún tipo de tributos.
"Lo normal se presume, lo anormal se prueba" y "affirmanti incumbit probatio". Me gustó tanto este principio de derecho que lo aplico a muchos aspectos de la vida. Pondré algunos ejemplos.
Uno es relativo a la creencia en la existencia de Dios. ¿Se puede demostrar la existencia de Dios?
En este principio baso mi agnosticismo. Corresponde a quienes la afirman, demostrarlo. Ya que la exigencia contraria, es decir, pedirnos al resto que probemos la inexistencia de Dios, sería una imposibilidad lógica, que además, en terminología jurídica se denomina "prueba diabólica". Querer pedir o demostrar la inexistencia de Dios tiene tan poco sentido como querer probar la inexistencia de cualquier otra cosa. Sin embargo, existen mentes que pretenden que se demuestre con pruebas que Dios no existe... Einghh?? poquito rebuscado, no?!!
Otro es relativo a la infidelidad: creo que no es necesario desarrollar la idea.
También lo utilizo para mi profesión, cuando hago una presentación comercial a un cliente potencial acerca de los servicios que prestamos, y le propongo concretamente algo que va a proporcionarle soluciones y me dice "eso es imposible": "ea, demuéstralo!! (pero, para ello tendrás que comprar)".
Aun así y tal como reza el refrán: "hecha la Ley, hecha la trampa", puesto que en algunos casos, la Jurisprudencia ha dictaminado a favor de la "inversión de la carga de la prueba".
Por ejemplo, en derecho social, el despido de una trabajadora embarazada (casi) siempre se declara nulo, porque aun siendo la trabajadora embarazada despedida la que demanda, y por tanto, la responsable de demostrar que comunicó a la empresa su situación y fué despedida por ello, la Jurisdicción obliga, en este caso -se invierte la carga de la prueba- al empresario, a demostrar su desconocimiento del embarazo en el momento del despido y puesto, que ésto es (casi) imposible, finalmente el despido "nunca exisitió", se considera nulo.
Y como "quien no se consuela es porque no quiere" ahí quedan las dos variantes, para que cada uno pueda rezar a la fé que le venga en gana.
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